Al amparo del Decreto 395 40/2005 de 16 de marzo (BOC de 29 de marzo de 2005) está destinado a acoger en régimen de internado al alumnado que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Alumnado de enseñanza obligatoria afectado por situaciones familiares o socioeconómicas desfavorables
- Educación Primaria
- Educación Secundaria
- Formación Profesional Básica
- Alumnado de enseñanza posobligatoria con dificultades de escolarización en su zona
- Ciclos Formativos que oferta el Instituto Marítimo Pesquero.
REQUISITOS
- Cumplimentar la solicitud (anexo II BOC núm. 27, 3 de marzo de1999)
- Fotocopia del libro de familia compulsada que incluya toda la unidad familiar.
- Fotocopia compulsada del D.N.I. del padre/madre o tutor legal.
- Fotocopia compulsada del D.N.I. del alumno/a.
- Fotocopia compulsada de la declaración de la renta de todos los miembros de la unidad familiar en lugar de rellenar el apartado C.
- Si no estuviese obligado a declarar y fuese perceptor de prestación por desempleo, pensión de jubilación, incapacidad, invalidez…certificado expedido por el organismo correspondiente, acreditativo de los ingresos obtenidos por estos conceptos y por la unidad familiar, en el año anterior.
- Para el supuesto de no tener prestaciones por desempleo ni ingresos de ninguna otra clase, acreditación suficiente de tal extremo.
- Certificado de las últimas notas en lugar de rellenar el apartado D1 .
- Certificado de convivencia en lugar de rellenar el apartado B.
- El apartado D3 debe cumplimentarse en la Dirección Territorial de Educación o la Insular de la isla donde resida.
- 2 fotos tamaño carnet con nombre y apellidos en la parte posterior.
- Informe de los Servicios sociales (para el alumnado de Enseñanza Obligatoria).
- Autorizaciones (para el alumnado menor de edad).